Tal y como indica la Orden de convocatoria en sus apartados:
- Undécimo ‘Subsanación’.
En el supuesto de solicitudes incompletas, se requerirá al interesado, mediante publicación en el “Boletín Oficial de Aragón”, para que subsane la falta o aporte la documentación preceptiva en el plazo de diez días hábiles desde su notificación, transcurrido el cual se le tendrá por desistido de su petición, previa Resolución, que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Decimosexto ‘Justificación’.
En el supuesto de que, en el momento de obtener la condición de beneficiario o proceder al pago de la ayuda, el interesado no se encuentre al tanto de las condiciones establecidas en este apartado, se le concederá un plazo de diez días para que aclare tal situación o, en su caso, acredite que ésta ha sido subsanada, advirtiéndole que, si así no lo hiciera, se dictará Resolución, según el caso, de desistimiento y se procederá al archivo de las actuaciones o de declaración de pérdida del derecho al cobro de la ayuda.
Este formulario de subsanación se ha habilitado para que los beneficiarios que tengan expedientes en esta situación puedan presentar telemáticamente los documentos que subsanen las incidencias detectadas. Realice los siguientes pasos:
- Revisar las incidencias publicadas en el Boletín Oficial de Aragón o en el correo informativo que habrá recibido.
- Acceder al formulario de respuesta facilitado en el correo informativo.
- Seleccionar tipo de subsanación según la fase del procedimiento que corresponda: Solicitud o Justificación
- Indicar en dicho formulario el Número de expediente con incidencias y NIF del solicitante
- Preparar los documentos para subsanar la incidencia considerando las siguientes especificaciones:
- Obligatoriamente deben estar en formato PDF
- Los documentos deben estar FIRMADOS DIGITALMENTE por el solicitante o el representante
- Cada documento no debe ser mayor de 4 Mb
- Para cada incidencia, seleccionar el archivo correspondiente y subir el documento a través de la plataforma. Para cumplir con el proceso de subsanación será necesario remitir TODOS los documentos que se le solicitan
- Para el caso de un mismo beneficiario con diferentes expedientes, aquellas incidencias que sean coincidentes en diferentes expedientes se podrán justificar de forma conjunta. En este caso, revise que los Números de Expediente referidos en el formulario de subsanación son los apropiados.